Derechos y Deberes

Está aquí: 

1. Responsabilidades y Atribuciones del Gobierno Local en Relación al Servicio de Manejo de Residuos Sólidos.

1.1. El Ayuntamiento Municipal de Moca, es responsable de la gestión de los residuos sólidos no peligrosos generados en su territorio para todo inmueble, es decir, residencial, comercial, industrial, instalaciones públicas y los generados en las vías públicas.

1.2. Es responsabilidad del Ayuntamiento de Moca, la realización de proyectos con el fin de sensibilizar a la ciudadanía en cuanto a la separación de los Residuos Sólidos.

1.3. El gobierno local se encargará del barrido, limpieza y ornato de los espacios públicos y recreativos del municipio, así también como garantizar la conservación física de los mismos y adecuación de estos para la inclusión de las personas con discapacidad.

1.4. La recolección, transporte, disposición final de los residuos sólidos no peligrosos, son competencia del ayuntamiento municipal.

1.5. El ayuntamiento debe disponer de un presupuesto espacial del presupuesto general para el manejo técnico ambiental de los residuos que diariamente ingresan al sitio de disposición final garantizando la aplicación de sistema de gestión que minimicen los impactos negativos en el ambiente como lo establece la ley 64-00 sobre medio ambiente y recursos naturales.

1.6. El gobierno local está en la entera disposición en atender las sugerencias, quejas y/o denuncias realizadas por los munícipes en cuanto todo lo relacionado al manejo de los residuos sólidos, y proceder según considere más conveniente en cada caso.

1.7. El gobierno local tiene el derecho y la obligación de sancionar a cualquier persona física o jurídica que cometa infracciones con relación al mal manejo de los residuos sólidos.

1.8. En cuanto a los zafacones, tanques, saquetas o cualquier otro artículo utilizado para el almacenamiento provisional de los desechos, el ayuntamiento es el responsable de crear y aplicar controles sanitarios eficientes, para evitar la contaminación del ambiente, así como también sancionar a todo aquel que deposite los residuos fuera de los zafacones.

1.9. Es responsabilidad del ayuntamiento disponer de una metodología eficaz para medir los servicios de la gestión integral de residuos sólidos orientados a la calidad y a la eficiencia, aplicando nuevas tecnologías e iniciativas que sean ambientalmente amigables.

1.10. Cumplir con las rutas de barridos y recolección en la forma y día establecidos por el ayuntamiento. Además de proveer la información de los horarios y las rutas de recolección a la ciudadanía por los medios de difusión que considere adecuados.

 

2. Responsabilidades de los Usuarios en Relación al Servicio de Manejo de Residuos Sólidos.

2.1. Los munícipes tienen el deber y la obligación de participar en las jornadas, proyectos y capacitaciones relacionados con el manejo de residuos sólidos que se generan en el municipio.

2.2. Todos los munícipes deben cooperar con el ayuntamiento sacando los residuos en los horarios establecidos para la relación de los mismos.

2.3. El ciudadano tiene la responsabilidad y el compromiso de limpiar su solar, vivienda o cualquier terreno de su propiedad ubicados en zona urbana.

2.4. Todo ciudadano tiene el derecho de realizar quejas, denuncias o reclamaciones en cuanto a la recogida de los desechos sólidos.

2.5. Es responsabilidad del ciudadano cumplir con los horarios de recogida establecidos por las autoridades y estar pendiente de la frecuencia de recolección divulgada por el ayuntamiento; así como evitar depositarlo fuera de los contenedores destinados para esto y la quema de los desechos.

2.6. El pago de los servicios de recolección de los residuos es un deber del ciudadano y debe efectuarlo de la manera indicada por el departamento correspondiente en el ayuntamiento, evitando retrasos y deudas pendientes.

2.7. Todo munícipe debe colaborar en todo lo posible para reducir los residuos generados, reutilizar al máximo antes de desechar los artículos plásticos, cartón y latas entre otros.

2.8. El almacenamiento y disposición de los residuos en los contenedores provistos (o espacios) por el ayuntamiento que generan los munícipes son responsabilidad de estos. Para lo cual establecerán los acuerdos necesarios con el ayuntamiento.

2.9. Es obligación de todo vendedor ambulante la recolección, almacenamiento provisional y disposición adecuada en contenedores públicos de los residuos que generen sus actividades.