POSICIÓN INSTITUCIONAL: RESPALDO AL PROCESO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS

abril 29, 2026

Moca,09/04/26.

ASUNTO: Respaldo técnico y jurídico al procedimiento de Subasta Inversa para la adquisición de camiones compactadores.

En mi calidad de Alcalde del municipio de Moca y como profesional del derecho comprometido con la eficiencia de la administración pública, tengo a bien fijar la posición oficial de esta Alcaldía respecto al proceso de licitación mediante Subasta Inversa que actualmente encabeza el Ministerio Administrativo de la Presidencia.

Esta iniciativa, impulsada por el interés manifiesto del Presidente, Luis Abinader, y coordinada con determinación por el Ministro Administrativo, Andrés Bautista, representa un hito sin precedentes en el apoyo a los gobiernos locales para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos.

Saludamos y validamos que este proceso se enmarque estrictamente en la Ley núm. 47-25 de Contrataciones Públicas. Como conocedores de la norma, reconocemos que la Subasta Inversa es una modalidad ordinaria de selección que garantiza los principios de eficiencia, transparencia y libre competencia.

Al ser los camiones compactadores bienes estandarizados, con especificaciones técnicas claras y una amplia oferta en el mercado nacional, el procedimiento de subasta inversa es, técnica y jurídicamente, el más idóneo. A diferencia de la licitación tradicional, este modelo permite que los precios disminuyan progresivamente por la competencia directa entre proveedores, asegurando que el Estado actúe como un comprador inteligente y estratégico.

Apoyamos con firmeza el contenido del pliego de condiciones de esta licitación, el cual ha sido diseñado para blindar el interés público bajo tres pilares fundamentales:

Ahorro Económico: La puja a la baja garantiza la mejor relación costo-beneficio para los recursos del pueblo dominicano.

Agilidad y Urgencia: Ante la necesidad crítica de las municipalidades, la reducción de plazos burocráticos que permite la Ley 47-25 (con un mínimo de 5 días hábiles para subasta inversa frente a los 30 de la licitación pública) responde al sentido de urgencia que demanda la recolección de desechos.



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